Los regímenes aduaneros forman parte del conjunto de operaciones de comercio exterior que permiten dar un destino específico a una determinada mercancía.
Conocer en qué consisten es imprescindible para las empresas que tengan un interés particular por importar y exportar. Por esta razón, en este artículo detallamos las principales características de cada uno.
De acuerdo con la definición de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), el régimen aduanero es el tratamiento dado por la aduana a los tipos de mercancías que se encuentran bajo su supervisión y control.
Mediante este régimen y sus tipos, las mercancías que entren o salgan de un determinado territorio reciben un destino aduanero específico, ello en función del interés particular manifestado por el importador o exportador.
Esto significa, en pocas palabras, que la mercancía contará con un lugar y un destino claramente establecido por la política aduanera.
Para el comercio exterior, los regímenes aduaneros son importantes por estas razones:
En México, el artículo 90 de la Ley Aduanera establece seis tipos de regímenes aduaneros obligatorios para las actividades de importación y exportación de mercancías:
La Ley Aduanera, en el artículo 95 establece lo siguiente:
“Los regímenes definitivos se sujetarán al pago de los impuestos al comercio exterior y, en su caso, cuotas compensatorias, así como el cumplimiento de las demás obligaciones en materia de regulaciones y restricciones no arancelarias”.
Hay dos tipos de regímenes aduaneros definitivos: de importación y exportación.
El artículo 96 de la Ley Aduanera refiere es la entrada de mercancías que provienen del extranjero y que permanecerán en el territorio nacional por un tiempo ilimitado.
El artículo 102 del mismo instrumento legal establece que la exportación definitiva está relacionada con las mercancías que salen de México y se mantienen en el extranjero por un tiempo ilimitado.
Los regímenes aduaneros temporales contemplan las importaciones y/o exportaciones cuya permanencia es por tiempo limitado. Así se establece en el artículo 104 de la Ley Aduanera.
Contempla las mercancías importadas que permanecerán en México por un tiempo limitado. Establece dos situaciones puntuales:
a) Para retornar al extranjero en el mismo estado: en el caso de mercancías que cumplen con finalidades específicas y que retornen al país de origen en el mismo estado en el que ingresó, la ley estipula —en el artículo 106— los siguientes plazos:
b) Para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación
El artículo 108 de la Ley Aduanera de México establece lo siguiente:
“Las mercancías importadas temporalmente por las maquiladoras o empresas con programas de exportación autorizados por la Secretaría de Economía podrán efectuar la importación temporal de mercancía para retornar al extranjero después de destinarse a un proceso de elaboración, transformación o reparación; así como las mercancías para retornar en el mismo estado, en los términos del programa autorizado, siempre y cuando cumplan con los requisitos de control que establezca el SAT".
Contempla un conjunto de disposiciones generales sobre los bienes que salen del territorio mexicano y que se mantendrán por un tiempo limitado en suelo extranjero.
La Ley Aduanera detalla dos situaciones:
a) Para retornar al país en el mismo estado: según los artículos 115 y 116, aplica a las mercancías nacionales, o nacionalizadas, que salieron al extranjero por tiempo limitado, con una finalidad específica. Deben retornar a México sin ninguna modificación.
Bajo este régimen aduanero, los plazos pueden ser de:
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b) Para elaboración, transformación o reparación: la ley dispone en el artículo 117 que podrá autorizarse al exportador la salida de mercancías del territorio nacional para someterse a un proceso de elaboración, transformación o reparación hasta por dos años. Este plazo puede ampliarse por dos años más, mediante la rectificación al pedimento.
Este tercer tipo de régimen aduanero en México es explicado en el artículo 119 de la Ley. Tiene que ver con: “el almacenamiento de mercancías de procedencia extranjera o nacional en almacenes generales de depósito que presten este servicio”.
Estos depósitos fiscales son los acreditados por las autoridades aduaneras sobre la base de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.
Ahora bien, aquellos almacenes de depósito que cuenten con la autorización correspondiente deberán cumplir los siguientes requisitos:
La Ley Aduanera (artículo 124) establece que consiste en el traslado de mercancías, de una aduana a otra y bajo control fiscal. Se da de dos maneras:
En ambos casos, quienes ejecuten el tránsito, así como el agente aduanal o la agencia aduanera, deben estar atentos a cumplir con:
Entre los tipos de regímenes aduaneros, este se refiere a la entrada de mercancías extranjeras o nacionales a los recintos o depósitos fiscales. En el el artículo 135 de la Ley Aduanera detalla lo siguiente:
“El régimen de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado consiste en la introducción de mercancías extranjeras o nacionales, a dichos recintos para su elaboración, transformación o reparación, para ser retornadas al extranjero o para ser exportadas, respectivamente”.
Bajo esta figura, por ejemplo, pueden entrar maquinarias y equipos, siempre que se paguen los tributos del Impuesto General de Importación, así como las regulaciones y restricciones no arancelarias a las que haya lugar.
Esto no incluye las mercancías de tipo petrolífero.
Este último tipo tiene que ver con la entrada por tiempo limitado de mercancías extranjeras, nacionales o nacionalizadas a los recintos fiscales calificados como estratégicos, con propósitos muy bien definidos.
Al respecto, el artículo 135-B detalla lo siguiente:
“El régimen de recinto fiscalizado estratégico consiste en la introducción, por tiempo limitado, de mercancías extranjeras, nacionales o nacionalizadas, a los recintos fiscalizados estratégicos, para ser objeto de manejo, almacenaje, custodia, exhibición, venta, distribución, elaboración, transformación o reparación”
Para que las mercancías se destinen a este régimen aduanero, es necesario tramitar la petición o el registro mediante medios electrónicos establecidos por el Servicio de Administración Tributaria.
Conocer los regímenes aduaneros es esencial cuando se llevan a cabo operaciones de comercio exterior. Para este propósito, recomendamos consultar a detalle la Ley Aduanera y recibir asesoría de profesionales en el área, que puedan orientarlo en su proyecto.
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