TLCUEM: México junto a la Comunidad Económica Europea

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Las relaciones comerciales entre México y el mundo son un pilar fundamental para el desarrollo económico y competitivo del país, estas relaciones se favorecen y se facilitan gracias a que se cuenta con 12 Tratados de Libre Comercio (TLC), entre los cuales el más importante es el TMEC (México-Estados Unidos-Canadá), seguido por el TLCUEM, ya que la Unión Europea (UE) es uno de nuestros principales socios comerciales.

Es por eso que en esta lectura te hablaré del TLC entre México y la Unión Europea (TLCUEM); el año en que entro en vigor, los tipos de productos que comercializa y sus certificados.

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¿Cuáles son los antecedentes de este tratado?

Las relaciones entre México y la UE iniciaron desde 1997, formalizado en diciembre del mismo año un Acuerdo de Asociación Económica, siendo México el primer país latinoamericano que firmó un convenio internacional:

  • Las relaciones entre México y la Unión Europea iniciaron en 1997.
  • En diciembre de 1997 se formalizó el Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación, conocido también como Acuerdo Global (AG).
  • México fue el primer país latinoamericano en firmar un acuerdo internacional con la UE.
  • El AG contempla una parte sobre comercio abierto, que permitió la apertura comercial de mercancías.
  • El acuerdo entró en vigor en julio de 2000, primero con 15 países miembros de la UE.
  • Posteriormente, el acuerdo se extendió a los 28 países miembros de la UE.
  • Tras la salida del Reino Unido de la UE en enero de 2020 (Brexit).

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¿Qué es el TLCUEM?

El TLCUEM es el segundo tratado más importante para la economía de nuestro país y el primer contrato de este tipo entre el Continente Americano y el Europeo. Este tratado rige las relaciones comerciales entre ambas naciones.

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Las naciones que forman parte de este TLCUEM son México, por parte del continente americano y del continente europeo, los miembros son:

  • Alemania.
  • Bélgica.
  • Croacia.
  • Dinamarca.
  • España.
  • Francia.
  • Irlanda.
  • Letonia.
  • Luxemburgo.
  • Países Bajos.
  • Suecia.
  • Bulgaria.
  • Eslovaquia.
  • Estonia.
  • Grecia.
  • Malta.
  • Polonia.
  • República Checa.
  • Austria.
  • Chipre.
  • Eslovenia.
  • Finlandia.
  • Hungría.
  • Italia.
  • Lituania.
  • Portugal.
  • Rumanía.
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Última ronda de negociaciones

Hace más de cuatro años, en abril de 2018, ambas partes hicieron actualizaciones al tratado, concluyendo con la Novena Ronda de Negociación para la Modernización del TLCUEM, siendo este actualizado en tres partes: ampliación, fortalecimiento de inversiones; incluyendo nuevos capítulos y sectores.

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En ella también se concluyeron cinco capítulos más:

  • Obstáculos Técnicos a las importaciones y exportaciones.
  • Empresas Propiedad del Estado.
  • Subsidios.
  • Comercialización de Servicios (se refiere en particular a reglamentación nacional)
  • Telecomunicaciones.
  • Transporte marítimo.
  • Servicios de entrega.
  • Anticorrupción.

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Todo como partes funcionales para la ejecución del TLCUEM.

TLCUEM

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Reglas de origen

Existe un Consejo Conjunto UE-México que estableció una resolución, la Decisión 2/2000, en la cual en su Anexo III, apéndice II, menciona las reglas de origen específicas para los procesos de elaboración o transformación que deberán sufrir cada uno de los bienes de México o la UE en territorio de las partes para beneficiarse del trato arancelario preferencial.

Proceso de elaboración o transformación:

  • Totalmente obtenidos para el TLCUEM.

Se considerarán originarios los bienes totalmente obtenidos en el territorio de los miembros de la UE o México, tales como: los productos minerales extraídos de los suelos o del fondo de los mares; los productos vegetales recolectados o cosechados en México o la UE, y los animales vivos nacidos y criados en México o la UE.

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  • Productos suficientemente transformados o elaborados.

Si los bienes contienen insumos que no provienen de un país, estos se considerarán originarios, siempre y cuando dichos materiales sufran una transformación suficiente. Esto se determina empleando el método conocido como “salto arancelario”, es decir que cambia de una fracción arancelaria a otro debido por medio de su transformación.

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  • Operaciones de elaboración o transformación insuficiente.

En algunos casos, además de cumplir el requisito de cambio de clasificación arancelaria, los bienes deben incorporar cierto porcentaje de insumos que sean de origen nacional, es decir, contenido regional. 

En otros, se permite considerar a un bien como originario, en el momento que este se clasifique en la misma sub partida arancelaria que sus componentes y cumpla con el requisito de contenido regional.

Aparte de un certificado de origen, otra modalidad de prueba de origen de los productos está con el fin de obtener los beneficios arancelarios; es la Declaración en Factura, o una declaración emitida por el exportador en una factura, orden de entrega o cualquier otro convenio comercial que describa los productos de que se trata para que puedan ser identificados, siempre presentando el Número de Exportador Autorizado (NEA).

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  • Certificado de circulación EUR 1.

El certificado de origen, denominado EUR. 1, es un documento que al momento de la importación avala ante las autoridades aduaneras que los bienes son originarios para así beneficiarse del trato arancelario preferencial. Este formato se encuentra en el Anexo III de la Decisión 2/2000, así como los requisitos a cumplir para la presentación ante las aduanas de cada nación.

Una vez realizada la exportación de los bienes se puede emitir, pero es necesario incluir en el propio certificado la leyenda “Expedido a posteriori” en el idioma oficial del Estado miembro que lo expida. En el caso de la UE, el tiempo para proporcionar información en la expedición de un certificado a posteriori y en la Declaración en factura será de dos años y uno para México.

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  • La creación de TLC busca:

    • Fortalecer las relaciones comerciales entre las naciones.
    • Integración internacional.
    • Crecimiento económico.
    • Desarrollo de inversión extranjera.
    • Transacciones comercial entre ambos.

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Es gracias a las reglas que les favorecen la entrada de los productos a su país, por tal motivo es de suma importancia conocer cada uno de estos tratados para el momento de efectuar ya sea una operación de exportación o importación conozcamos los requisitos a cumplir y las facilidades que estos nos ofrecen.

Si quieres conocer las preferencias arancelarias que puede tener tu producto gracias al TLCUEM, no dudes en contactar a uno de nuestros especialistas. En Aduaeasy te podemos apoyar.

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Soy Diego, el CEO de Aduaeasy, y me apasiona guiar a las empresas en México hacia el éxito. Mi misión es simplificar y agilizar sus procesos logísticos.

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