¿Qué es lo peor que te puede pasar en una operación de comercio exterior? ¿Alguna vez te dijeron que podían levantarte un PAMA si hacías las cosas mal?
En el mundo del comercio exterior siempre es importante realizar todo conforme a la ley, ser lo más precisos y cuidadosos con cada importación y exportación, de no ser así, podríamos incurrir en multas que van desde el 70 hasta el 150% del valor de la mercancía excedente o no declarada, sanciones administrativas, embargos precautorios e incluso ser acreedores de la infracción más grave, un Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera, mejor conocido como PAMA.
En este artículo te explicaremos lo que es el Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera, los motivos por los que podrían levantarte un PAMA y lo que deberás hacer para dar una resolución a este procedimiento.
El Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA), como su nombre lo dice, es un procedimiento en el que se levanta un acta cuando se proceda a un embargo precautorio de las mercancías y en la misma se deberá identificar la autoridad que practica la diligencia, los hechos y circunstancias que motivan el inicio del procedimiento, la descripción, naturaleza y demás características de las mercancías y finalmente la toma de muestras de las mercancías y otros elementos probatorios necesarios para determinar la resolución correspondiente.
Todo esto se hace con la finalidad de prevenir irregularidades en cada uno de los productos que entran y salen del país y es importante que saber que en caso de encontrarte en esta situación deberás estar acompañado todo el tiempo de tu agente y/o agencia aduanal para poder facilitar todo el proceso.
De acuerdo con el artículo 150 de la Ley Aduanera las autoridades procederán a levantar el acta de inicio del PAMA cuando en el reconocimiento aduanero, verificación de mercancías en transporte o en el ejercicio de las facultades de comprobación se realice un embargo precautorio de las mercancías.
Las causales que pueden dar partida al levantamiento de un acta que da inicio a este procedimiento son las siguientes y se encuentran fundamentadas en el artículo 151 de la Ley Aduanera:
Una vez iniciado el proceso, contarás con un plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente en el que surta efectos la notificación para realizar por escrito la presentación de las pruebas y formular los alegatos necesarios para defenderte.
En caso de que el embargo precautorio de las mercancías haya sido provocado por una inexacta clasificación arancelaria de las mercancías, podrá ofrecerse dentro del mismo plazo antes señalado, la celebración de una junta técnica consultiva para determinar si la clasificación arancelaria es correcta o no, misma que deberá realizarse dentro de los tres días hábiles siguientes a su ofrecimiento.
Si se determinara que la clasificación arancelaria es correcta, la autoridad aduanera estará obligada a realizar el levantamiento del embargo y la entrega de las mercancías, en caso contrario el procedimiento seguirá su curso normal.
Es importante que sepas que la autoridad que levante el PAMA deberá entregarte una copia del acta de inicio del procedimiento, hasta ese momento podrás considerarte como notificado.
Las autoridades aduaneras están obligadas a dictar resolución definitiva en un plazo no mayor a 4 meses, contados a partir del día siguiente al que se encuentre debidamente integrado el expediente, de lo contrario el procedimiento quedará sin efectos.
Si la resolución se dicta a favor de tu importación, se determinarán los plazos y procedimientos legales para que puedas recoger la mercancía del recinto fiscal, además de que se determinará que no hay ningún crédito fiscal, a esta resolución se le conoce como absolutoria
Si la autoridad aduanera gana el caso, será designado el crédito fiscal que incluye la multa del 70% hasta un 150% sobre el valor de la mercancía, impuestos omitidos actualizados, recargos y el embargo definitivo del producto, es aquí donde se dice que pasa a ser propiedad del Fisco Federal y a esta resolución se le conoce como condenatoria.
Una vez emitida la resolución definitiva puedes defenderte en caso de no estar de acuerdo con la conclusión, esto mediante un juicio contencioso-administrativo o la promoción de un amparo directo.
Sin embargo, te recomendamos que en todo momento estés acompañado de un experto y sobre todo de un abogado especializado en comercio exterior, así tendrás una mejor asesoría y tendrás mayores posibilidades de ganarle a la autoridad.
Tras 13 años de experiencia nos hemos encontrado con estas situaciones que pueden truncar proyectos. Es por ello que recomendamos siempre acompañarse de un experto logístico en materia aduanera que pueda guiarte correctamente en el proceso de importación y así evitar este tipo de infracciones que pueden llevarte a perder dinero y sobre todo tu mercancía.
Última actualización 13 de junio de 2023 | ZP