La entrada y la salida de las mercancías en México está sujeta al control de parte de las autoridades aduaneras. Los importadores y exportadores deben cumplir con el pago de contribuciones correspondientes para evitar cualquier sanción.
El reconocimiento aduanero es un requisito obligatorio. ¿En qué consiste? De acuerdo con la página del Servicio Nacional de Comercio Exterior (SNICE), el reconocimiento aduanero“es la revisión documental y examen de las mercancías de importación, así como de sus muestras, para allegarse de los elementos que permitan a las autoridades aduaneras, cerciorarse de la veracidad de lo declarado, ante la autoridad aduanera, así como del cumplimiento de las disposiciones que gravan y regulan la entrada o salida de mercancías del territorio nacional”.
El reconocimiento aduanero se practica en el recinto fiscal (la aduana) a cargo de los funcionarios del Servicio de Administración Tributaria (SAT), verificadores aduanales que son asignados de manera aleatoria para la revisión de las mercancías mediante el sistema.
Para llevar a cabo el reconocimiento aduanero, el verificador del SAT:
Si la autoridad no detecta ninguna irregularidad durante la revisión de la mercancía, permitirá su salida inmediata del medio de transporte en el que se presente. Sin embargo, si identifica alguna anomalía en la mercancía o en la información asentada en el pedimento puede:
En un escenario en que el importador incurra en una falta más grave puede ser acreedor a una infracción denominada PAMA.
¿Qué es un PAMA, qué impacto tiene en el proceso de importación y en qué casos se incurre en él? El PAMA (Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera) es el conjunto de actividades consecutivas que la Ley Aduanera lleva a cabo como medida preventiva para determinar el estado de la mercancía, con el objetivo de prevenir irregularidades en los productos que entran y salen del país.
En palabras simples, el PAMA es una investigación a profundidad sobre la operación y debe ser realizada con la guía de una agencia aduanal para facilitar el proceso sin tener repercusiones.
Las razones por las que se incurre en un PAMA son:
Con base en el Artículo 150 de la Ley Aduanera, la autoridad está facultada para embargar la mercancía y para ello debe levantar un acta, con lo cual da inicio al proceso.
Debe existir una identificación de la autoridad que ejecuta el procedimiento, las causas y hechos que motivaron a emprender el proceso, las características e información del producto, así como la notificación de toma de muestra o los elementos probatorios que permitan llegar a una resolución.
A partir del día que se levanta y notifica el acta, el importador tiene un plazo de 10 días hábiles para realizar por escrito el desahogo de pruebas y formular los alegatos necesarios para defender su importación.
En un plazo no mayor a 4 meses las autoridades deben dictar resolución definitiva, contando a partir del día siguiente al que se encuentre debidamente integrado el expediente, de lo contrario el procedimiento quedará sin efectos.
Realizar un reconocimiento aduanero a la mercancía no debería generarle ninguna pérdida económica al importador, siempre y cuando tenga en regla cada uno de los documentos que avalen el origen de su mercancía y no incurra en alguna irregularidad fuera del marco de la ley.
Pero en caso de que el importador tenga irregularidades en el origen, las características y/o el transporte de su carga, esto no solo afectará el proceso y el tiempo de su importación, sino que puede ser acreedor a sanciones económicas, pérdida de la carga e incluso puede ser retirado del padrón de importadores.