La Organización Mundial de Aduanas es el organismo internacional que regula aspectos legales y operativos en las administraciones de aduana nacionales de los países miembros (176 países de 195), siendo uno de los más importantes el llamado “Sistema Armonizado”.
El Sistema Armonizado es un listado creado para identificar, clasificar y regular las mercancías objeto de comercio mediante una codificación numérica de 6 dígitos comprendida en secciones, capítulos, partidas y sub partidas mismas que pueden ser ampliadas por cada país para un control más estricto de manera nacional; en el caso de México se utilizan 8 dígitos y 2 adicionales conocidos como Número de Ia información Comercial (NICO), y que se revisa y actualiza cada 5 años aproximadamente para incluir mercancías nuevas resultado de los avances tecnológicos, identificar aquellas en desuso o reubicar aquellas que se encuentran mal identificadas.
En México el Artículo 81 de la Ley Aduanera indica como obligación de los Agentes Aduanales en representación de los importadores y exportadores la manifestación y por tanto, determinación de la clasificación arancelaria de las mercancías por medio de la Ley General de los impuestos generales de importación y exportación (LIGIE), aunque en última instancia las responsabilidades de la misma se imputan al importador. Esta labor resulta importantísima, ya que de dicha clasificación dependen el cálculo de impuestos y contribuciones, así como la determinación de regulaciones y restricciones no arancelarias de las mercancías y que ante una revisión con la autoridad aduanera que determine la inexacta clasificación puede derivar en multas o incluso iniciar el Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA) según el Art. 150 de la Ley Aduanera.
Para tener una clasificación arancelaria acertada es importante tener la mayor cantidad de información respecto de los bienes que se quieren importar, ya que existen diferentes criterios para el proceso; primeramente la naturaleza de los bienes, es decir, si son de origen animal, vegetal o mineral y su grado de elaboración o procesos añadidos; en segundo término los materiales de constitución como pueden ser plástico, algodón, hierro o vidrio y de nuevo su grado de transformación; y finalmente su uso o función es decir aquella actividad primordial que desempeñarán los bienes. Adicionalmente a las anteriores se deberá conocer la forma de presentación ante la aduana, por ejemplo, si se presentan a granel, envasado para venta directa, ensamblado o desarmado, etc.
Una vez que sabemos de la importancia que tiene la asignación de la fracción arancelaria de manera correcta podemos describir el proceso que se realiza en Aduaeasy para ayudar a determinar la fracción arancelaria de las mercancías de nuestros clientes y el acompañamiento que se da durante el mismo.
El punto de partida es la información que el cliente provee respecto de las mercancías a importar, es importante mencionar que se deberán entregar preferentemente fichas técnicas y la información de la composición y uso de los productos; con ello el equipo de normatividad de Aduaeasy realiza una clasificación tipo A con la que se ofrece una cotización y se notifica la operación al Agente Aduanal quien lo envía a su departamento de clasificación e informa si la clasificación sugerida es correcta o, si con base en sus conocimientos existe algún elemento técnico que obligue a la modificación de la fracción A a una B.
Posteriormente y de acuerdo con el Art. 42 de la Ley aduanera el Agente Aduanal tiene la facultad de realizar una inspección física de la mercancía previo a su despacho, con el objeto de verificar que las mercancías coinciden totalmente con lo declarado en los documentos tanto en sus características técnicas y de composición, así como en sus cantidades. Todo esto para asegurarse que al momento de presentar las mercancías y el pedimento a la autoridad aduanera se haga de manera correcta, siendo que, de encontrar desviaciones se puede corregir nuevamente la fracción arancelaria de A o B a un escenario C.
Finalmente y en aquellos casos que el módulo de selección automatizado MSA determine un reconocimiento aduanero o la autoridad decida ejercer sus facultades de inspección mediante una orden de verificación de mercancías en transporte OVMT y al inspeccionar las mercancías de manera física y documental, verificando la correcta determinación y pago de impuestos así como el cumplimiento de las regulaciones no arancelarias como puede ser el etiquetado comercial, la autoridad aduanera puede mediante una valoración de toda la información disponible o incluso el envío de muestras a su laboratorio, determinar si la clasificación arancelaria es correcta o existe una inexacta clasificación de mercancías que podrá derivar en el pago de impuestos omitidos por dicha diferencia hasta la aplicación de un PAMA.
Como se ha descrito, la clasificación arancelaria es un proceso técnico que requiere especial atención en su aplicación, además de ser necesario contar con información lo más detallada posible para una asignación efectiva debido al grado de subjetividad al aplicar las descripciones de la LIGIE y sus notas explicativas por parte de agentes aduanales y la propia autoridad.
Una de las principales razones que pueden motivarte a realizar una clasificación arancelaria es calcular los impuestos de importación a México y es derivado de aquí que pueden conocerse a detalle y realizar el cálculo sobre el valor de la mercancía.
En Aduaeasy contamos con los expertos en el área de clasificación arancelaria necesarios para garantizar la eficacia en las operaciones de importación y exportación, lo que permite una mayor optimización de los tiempos y recursos de nuestros Socios Comerciales.