La evolución de la tecnología ha hecho que los dispositivos electrónicos, aparatos electrodomésticos y eléctricos modifiquen su composición, sus funciones y conexiones, y que adquieran el calificativo “inteligentes”. Esto, además de otros usos y cuidados que debe hacer el usuario, ha implicado que se modifiquen las normas de información comercial para su importación. La NOM 024 es la regulación encargada en materia de información comercial en eléctricos, electrodomésticos y electrónicos.
¿Qué modificaciones ha sufrido la NOM 024 desde su creación?, ¿cuáles son los errores más comunes que cometen los importadores que introducen esta mercancía al país y qué recomendaciones deben seguir para evitar sanciones? En entrevista, Gabriel Rosas Navarro, CEO fundador de la consultoría GHAE Consulting, desglosa cada una de las respuestas.
La NOM-024-SCFI-2013 establece los requisitos de información que deben presentar los productos electrónicos, eléctricos y electrodomésticos que se comercializan en el país, incluyendo sus accesorios y consumibles, tanto para los productos nuevos como para los reconstruidos, usados o de segunda mano, de venta al consumidor.
La NOM 024 existe desde la década de los 90 y su última actualización se realizó en 2013. Actualmente, la modernización de la norma se encuentra en revisión, aún no se libera y no hay certeza de cuándo podrían liberarse las modificaciones.
“Desde que se produjo el apagón analógico en México en 2015 y pasamos a la era digital la NOM 024 tuvo que cambiar. Se exigía que las televisiones tuvieran ciertas leyendas y etiquetado que mencionara que el producto no era digital o que debía cumplir con ciertos estándares. Existe la NOM-192-SCFI/SCT1-2013 de telecomunicaciones, que establece que se debe hacer una prueba para comprobar que una televisión recibe canales digitales, y dentro de esta norma está contenida la NOM 024 de la parte de información comercial que es para electrodomésticos, eléctricos y electrónicos”, explica Gabriel Rosas.
Respecto a cuáles son los cambios que se realizaron en la versión actual de la NOM, Gabriel Rosas indica que se hace una sugerencia a la norma de que deben venir las características eléctricas de los productos eléctricos, ya que anteriormente no lo señalaba.
“Hay que destacar que en su campo de aplicación no se menciona que no es aplicable o no requiere el cumplimiento cuando el producto tenga otra norma de información comercial que cumplir, por ejemplo, una lámpara led tendría que cumplir con la norma 024 en la parte de información comercial, pero no se considera porque ya trae información comercial dentro de su campo de aplicación. Hay mucha confusión porque aduanas te pide que cumplas con la NOM 024 aunque ya está contenida la información comercial en la norma específica del producto; las unidades de inspección revisan cuál es la mejor opción para que tu producto cumpla con las regulaciones que te exige la regulación arancelaria”, precisa el ejecutivo.
El especialista de GHAE Consulting señala que actualmente es muy común que existan artículos electrodomésticos, eléctricos y electrónicos que ya están exhibidos en las tiendas que no cumplen con las especificaciones de la NOM 024 o que tienen información comercial errónea.
Por lo tanto, aconseja al consumidor adquirir productos certificados y que cuenten con la información comercial, ya que eso les permite tomar una decisión de compra inteligente y les evita problemas de instalación o de descargas eléctricas que atenten contra su seguridad. “Es importante comprar productos que traigan el sello NOM, debe traerlo sí o sí, no importa que no traiga el organismo que certificó el producto”, apunta el directivo.
Gabriel Rosas subraya que existen errores comunes en la información comercial de la NOM 024 cuando ingresa en aduanas, entre los cuales destacan:
Desde el punto de vista de Gabriel Rosas, las garantías son un tema sensible en la importación de artículos eléctricos, electrónicos y electrodomésticos, por lo que este requisito no solo lo exige la NOM 024, sino también la Ley Federal de Protección al Consumidor.
La NOM 024 es una norma bastante entendible y no es muy exigente, comparada con otras, por lo que depende de cada importador o fabricante llevar a cabo el cumplimiento de la misma, precisa Gabriel Rosas.
Para que el importador cumpla al pie de la letra con la NOM 024, el especialista le recomienda:
“Los comercializadores e importadores deben estar al día en la actualización de la NOM 024 para prever las posibles afectaciones que podría tener el etiquetado. Al igual que con otras normas que no cumplen con la información comercial las sanciones son muy parecidas, las cuales van desde una sanción económica, un PAMA o la inmovilización del producto en tienda”, concluye Rosas Navarro.