Como lo hemos visto en artículos anteriores los INCOTERMS son términos de negociación internacional que establecen las obligaciones, riesgos y costos que tendrá que asumir el vendedor y el comprador durante las operaciones de importación y exportación, contestando así 3 preguntas muy importantes: ¿Quién hace qué, entre el comprador y el vendedor?, ¿Donde y cuando el vendedor hace entrega de la mercancía y transfiere el riesgo al comprador? y ¿Quién es el responsable de qué costos?
Sin embargo, siempre hay puntos importantes que debes considerar de estos términos y para ello ponemos a tu alcance este artículo.
Para lograr entender estos términos es importante que conozcas a cada uno de los actores involucrados en el proceso de importación o exportación:
Así como establecen responsabilidades, costos y riesgos para cada uno de los actores involucrados, es importante saber que hay cosas que los INCOTERMS no amparan y en las que no pueden intervenir ya que son temas más específicos. Algunos de ellos son:
Los INCOTERMS siempre estarán relacionados con los gastos incrementables que deben declararse en el pedimento y esto es porque afectarán directamente en la valoración aduanera y la base gravable de las mercancías, incluso, si hubiera una declaración incorrecta de estos incrementables y por lo tanto una determinación errónea de la base gravable se establecerá una multa de $69,310.00 a $92,420.00 pesos de acuerdo con el artículo 200 de la Ley Aduanera.
¿Pero por qué están tan relacionados un concepto con el otro? Esto es porque el artículo 65 de la Ley Aduanera nos dice que además del precio pagado por las mercancías formarán parte del valor de transacción los siguientes costos.
Es este último punto el que causa esta relación entre ambos conceptos ya que el INCOTERM establecerá quien deberá cubrir el costo del transporte internacional, transporte interno, seguro y maniobras.
El término INCOTERM que sea negociado con el vendedor es importante que se declare en la orden de compra, con la finalidad de tener claro desde el inicio los costos que deberá cumplir vendedor y comprador, en la factura que ampare la venta de las mercancías ya que este término a su vez deberá ser declarado en el pedimento, de esta manera la autoridad sabrá si lo declarado en el campo de incrementables es lo correcto y por lo tanto si el pago de impuestos se está realizando completo.
Es importante solicitar siempre al vendedor que dentro de la misma factura de las mercancías haga un desglose de los gastos tanto de flete como de seguro en caso de que le corresponda cubrirlos, de esta manera podrá facilitar a tu agente aduanal la declaración en el pedimento.
Como ya lo comentamos en el punto anterior, se puede incurrir en multas altas en caso de realizar una mala declaración, por ello es importante y necesario que todos los documentos coincidan.
Como ya lo mencionamos anteriormente no todos los INCOTERMS incluyen el seguro, en realidad los únicos que incluyen un seguro de transporte internacional obligatorio son el término CIF (Cost, insurance and freight) y el término CIP (Carriage and Insurance Paid to), pero considerando que siempre hay riesgos durante el transporte internacional que los INCOTERMS no cubren es recomendable siempre contratar un seguro de mercancías, de esta manera tendrás mayor tranquilidad y un respaldo durante tus operaciones.
Como podrás darte cuenta son varios los puntos que debes considerar sobre estos términos, e incluso algunos pueden ayudar a evitar costos extras en tu operación, si aún tienes dudas sobre este tema o hay algún otro punto que no te queda claro si lo cubre o no puedes acercarte a uno de nuestros especialistas de Aduaeasy, ellos resolverán todas tus dudas.