En todos los procesos que existen hay normas y reglas que debemos seguir, no es capricho, es parte de los requisitos para mantener el orden y cuidado en cada actividad que realizamos.
En el caso del comercio exterior sucede lo mismo, se necesitan de normas, regulaciones, cupos y más para preservar el orden en las actividades comerciales, sin embargo, al ser un proceso más complejo y tener que velar por los intereses que guarda toda una nación, claramente estas normas son mucho más especializadas, y tenemos que conocerlas.
Asimismo nos tenemos que adaptar a los cambios en las normas, ya que el tiempo deja obsoletas a unas normas, y las necesidades del mundo moderno exigen la creación de otras, es habitual, y es de esto de lo que te queremos contar en este artículo, específicamente del Folio sol. Es algo nuevo, pero necesario y lo tienes que conocer.
Puede sonar complicado, pero no lo es, el folio sol es simplemente una marca especial que se tiene que agregar en la parte final del folio que emiten los importadores para la mercancía que debe cumplir con una NOM, esto con el fin de poder rastrearla y corroborar que efectivamente los bienes están en cumplimiento de la NOM.
El folio sol se decretó el 26 de marzo del 2020 por parte de la Secretaría de Economía para su posterior entrada en vigor al día siguiente. Surgió debido a una de las catástrofes más importantes a nivel mundial de la última década: La pandemia por COVID-19.
Sí, así es, este folio se implementó durante el confinamiento para poder continuar con las actividades de comercio exterior mientras se hacía el decreto global de permanecer en casa y se llevaba a cabo la suspensión de las actividades públicas y privadas de los sectores laborales clasificados como “no esenciales” para evitar la propagación del virus.
A pesar de que surgió como una necesidad para resolver un problema de un momento en específico, y que la OMS declaró el 5 de mayo del 2023 el final del COVID-19 como emergencia sanitaria internacional, el folio sol sigue vigente, y de acuerdo al quinto punto de su publicación, lo seguirá estando hasta que se decrete lo contrario.
Como ya sabes, de acuerdo con el decreto del Diario Oficial de La federación emitido el 23 de octubre del 2018, para poder realizar el despacho aduanal de las mercancías que deben cumplir con una NOM, la unidad de verificación (UV) deberá corroborarlo y transmitir la información de la certificación de la NOM al Sistema Normas-Aduanas para poder continuar con el proceso.
Cabe destacar que no aplica en el 100% de los casos, sino que el mismo decreto estipula que tienen el beneficio de poder evitar la comprobación del cumplimiento de las NOM al ingresar al país en los siguientes casos:
Pues bien, a partir de la contingencia se estipuló que, aquellos bienes que sí deben comprobar el cumplimiento de las NOM deberán realizar el Folio sol en su proceso para poder continuar con las actividades de comercio exterior.
Para poder continuar con el despacho aduanero, el folio de la mercancía debe contener un máximo de 32 caracteres contando guiones. Además, como su nombre lo dice, uno de los requisitos es que al final del folio se coloque como sufijo la palabra “SOL”.
Asimismo, es importante mencionar que hay otro decreto emitido el 14 de abril del 2020 por la Secretaría de Economía que habla del alcance del decreto del 26 de marzo del 2020, donde especifica las medidas que se tienen que adoptar para poder comenzar con las pruebas para las certificaciones de las NOM, ya que la toma de pruebas de laboratorio son el primer paso.
Para este procedimiento el importador debe solicitar usuario y contraseña a la Dirección General de Normas para acceder al sistema y poder proporcionar la información de las solicitudes de las pruebas de laboratorio. Una vez proporcionada la información de las solicitudes, se deberá poner en el apartado de “Número de Certificado” el sufijo SOLLAB.
De igual forma el folio no debe contener más de 32 caracteres contando guiones y, en caso de que sean dos o más fracciones arancelarias se deberá agregar otro sufijo alfanumérico por cada una de estas antes del sufijo SOLLAB.
Las leyes cambian constantemente para atender las demandas del mundo actual, y es nuestro deber como importadores y exportadores estar al pendiente y evitar errores que se conviertan en multas, sanciones o el retraso de la mercancía.
Sabemos que a veces es difícil, y para eso estamos nosotros, para ayudarte. Si tienes problemas con tu proceso de comercio exterior contáctanos y uno de nuestros profesionales te ayudará a resolverlo.