¿Es posible importar productos a precios muy inferiores? ¿Esto beneficia o perjudica a tus operaciones?
Muchos importadores se dejan llevar por los costos bajos que existen en otros países para ciertos productos, sin embargo, la autoridad mexicana se ha encargado de evitar estas prácticas que dañan a los productos nacionales, para ello aplican cuotas compensatorias que permiten igualar o acercar el precio de los productos extranjeros con los mexicanos.
En este artículo te explicaremos a detalle lo que son las cuotas compensatorias, por qué se aplican y cómo funcionan al momento de la importación para evitar que introduzcan mercancías a precios muy bajos.
De esta manera tendrás claro que, aunque consigas un producto muy barato, no vas a poder ingresarlo al país a ese mismo precio, tendrás que ajustarlos como lo pida la autoridad.
Las industrias nacionales son parte importante para el desarrollo económico de un país, ya que producen los bienes de consumo para el propio país, así como también los que se exportan a otros países.
Sin embargo, en ocasiones, los productos importados tienen una mejor oferta debido a prácticas de comercio desleales, lo que pone en “jaque” a los productos e industrias nacionales. Por eso, para cuidar de la economía nacional, el gobierno aplica cuotas compensatorias a los productos extranjeros.
Son un aprovechamiento que recibe el Estado distinto de las contribuciones, las cuales son definidas en la Ley de Comercio Exterior como:
“Aquellas que se aplican a las mercancías importadas en condiciones de discriminación de precios o de subvención en su país de origen, conforme a lo establecido en la presente Ley.”
En síntesis, las cuotas compensatorias son un monto extra que se aplica a los productos provenientes del extranjero impuestas por la Secretaría de Economía cuando hay prácticas desleales en su importación, es decir, cuando quieren ingresar los productos a un precio muy por debajo de los precios nacionales.
Estas cuotas compensatorias tienen como objetivo promover la sana competencia en el mercado nacional, equiparando los bienes y productos locales con los extranjeros que han sido beneficiados por prácticas desleales.
De esta manera se busca mejorar las condiciones de competencia, integrar el mercado mexicano adecuadamente al mercado internacional, estabilizar la economía nacional y promover el bienestar de la población y del consumidor.
¿A qué nos referimos con prácticas desleales? Hay dos tipos de prácticas desleales que aplican aquí: el “dumping” y la subvención.
El “dumping”, o discriminación de precios, es una práctica que consiste en importar las mercancías a un precio menor al valor regular, lo que pone en desventaja a los demás productos similares comerciados dentro del país.
Por su parte, la subvención consiste en que el gobierno de un país le otorgue un subsidio a una empresa en particular, lo que provoca que pueda obtener un bien o servicio a precios más baratos de lo usual, amenazando a la industria nacional.
No todos los productos que se importan a México tienen que pagar las cuotas compensatorias, la Secretaría de Economía determina qué mercancías deberán pagar la cuota a través de una investigación de acuerdo a la ley.
Cabe destacar que mientras la investigación está en curso se aplican cuotas provisionales, pero después de 7 meses se tiene que llegar a una resolución que determine una cuota definitiva.
Algunos productos que pagan cuotas compensatorias son:
Es necesario que consultes la lista para conocer a detalle el alcance de cada cuota compensatoria, ya que hay algunas que aplican para empresas específicas, así como los montos a pagar.
También hay casos en los que no aplican las cuotas, y son:
Como hemos visto, las cuotas compensatorias tienen un papel importante para la regulación de precios dentro de un territorio y para crear condiciones justas de competencia.
Aunque, por otro lado, cumplen un papel importante para combatir las prácticas desleales en el mercado internacional, apegándose a las normas internacionales de comercio exterior y a controlar la regulación en el valor de las mercancías.
Es la Secretaría de Economía la encargada de determinar los montos de las cuotas compensatorias que podrán ser menores al margen de “discriminación”, es decir, menor a la diferencia del valor irregular, siempre y cuando sea suficiente para desalentar este tipo de prácticas desleales.
En caso de que la Secretaría determine que la subvención de precios afecta a la rama de producción nacional de manera “difícilmente reparable” puede recurrir a cobrar un monto retroactivo que abarca hasta tres meses anteriores.
Asimismo, el cálculo de las cuotas se puede realizar de dos maneras: específicas y ad valorem.
Se establecen a través de una investigación que determina un valor de referencia para calcular el monto a pagar, el cual no puede ser mayor al valor de la subvención.
Aquí aplican los márgenes individuales para calcular las cuotas aplicables a las empresas que faciliten la información para realizar el cálculo de las cuotas específicas.
Estas se calculan de acuerdo a términos porcentuales sobre el valor en la aduana de la mercancía.
Se van a importar atomizadores de plástico de China y tenemos un valor en aduana de $552,294.00, estos se encuentran clasificados en la fracción 9616.10.01 por lo que se indica que debemos cumplir con una cuota compensatoria ad valorem del 86%.
De acuerdo a lo mencionado anteriormente, las cuotas compensatorias ad valorem se calculan sobre el valor en aduana de las mercancías y de acuerdo al porcentaje señalado en la fracción. Por lo tanto, el cálculo debe hacerse de la siguiente manera:
CC (AD VALOREM) = VA (552,294.00) X CC (86%) = 474,972.84
CC = 474,972.84
Se realizará una importación definitiva de 100,000 paquetes de lápices y cada paquete contiene 12 lápices con un valor en aduana de $456,000.00. De acuerdo a la fracción arancelaria 9609.10.01 correspondiente a los lápices debemos pagar una cuota compensatoria definitiva de 0.0299 dólares por pieza. Por lo tanto, el cálculo quedaría de la siguiente manera:
100,000 paquetes …. cada paquete tiene 12 pzas
VA = $456,000.00 PESOS $4.56 pesos C/paquete
Tc: 19
CC = 1,200,000 pzas X CC (0.0299 usd) = 35,880 usd X Tc (19)
CC = $681,720 pesos
Mantener el balance de importaciones y exportaciones, así como cuidar el cumplimiento de cada una de las leyes en materia de comercio exterior es importante para proteger la economía nacional y mejorar las condiciones del mercado para los productores y consumidores locales.
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Última actualización 31 de mayo de 2023 | ZP