Cambios Relevantes de la Séptima Enmienda
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Desde la creación del Sistema Armonizado, se han realizado actualizaciones al mismo, las cuales conocemos como enmiendas.
Nomenclatura del Sistema Armonizado
La nomenclatura del Sistema Armonizado (SA) fue elaborada por la OMA y entró en vigor el 1º de enero de 1988 en virtud de un Convenio. Aunque el artículo II del GATT (Listas de concesiones) no establece una nomenclatura específica para que sea utilizada por los Miembros en este sentido, y a pesar de que en el pasado se utilizaban otras nomenclaturas como la NAB y la NCCA, el SA se ha convertido en la norma de facto para los Miembros a este respecto. Al 31 de marzo de 2006, había 78 Miembros de la OMC (contando como uno las CE de los 25) que eran partes contratantes del Convenio del SA. Además, prácticamente la totalidad de los otros 47 Miembros de la OMC aplican el SA a pesar de no ser partes contratantes del mismo.
Cambios de la Séptima Enmienda
El SA también ha sido utilizado por los Miembros de la OMC como una herramienta para definir los productos comprendidos en determinados acuerdos, el más importante de los cuales probablemente sea el Anexo 1 del Acuerdo sobre la Agricultura.
Este Anexo define, en términos de capítulos, partidas y subpartidas de la versión del SA de 1992, cuáles son los productos agropecuarios. Por lo tanto, los cambios introducidos en el SA tienen importantes consecuencias jurídicas para los Miembros de la OMC, en particular, con respecto a sus listas.
Periódicamente, el Comité del Sistema Armonizado de la OMA realiza un examen del SA para tener en cuenta la evolución de la tecnología y de las pautas del comercio internacional y recomienda ciertas modificaciones del SA. La primera serie de cambios entró en vigor el 1º de enero de 1992 (SA92).
Una segunda serie, más sustancial, de modificaciones entró en vigor el 1º de enero de 1996 (SA96) y una tercera, el 1º de enero de 2002 (SA 2002). Una cuarta modificación entró en vigor el 1º de enero de 2007 (SA 2007).
Sistema Armonizado
El Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, generalmente denominado "Sistema Armonizado" o simplemente "SA", es una nomenclatura internacional de productos multipropósito desarrollada por la Organización Mundial de Aduanas (OMA).
Comprende más de 5.000 grupos de productos básicos; cada uno identificado por un código de seis dígitos, ordenado en una estructura legal y lógica y está respaldado por reglas bien definidas para lograr una clasificación uniforme.
El sistema es utilizado por más de 200 países y economías como base para sus aranceles aduaneros y para la recopilación de estadísticas de comercio internacional. Más del 98 % de las mercancías en el comercio internacional se clasifican en términos del SA.
El SA contribuye a la armonización de los procedimientos aduaneros y comerciales, y al intercambio de datos comerciales no documentales en relación con dichos procedimientos, reduciendo así los costos relacionados con el comercio internacional.
También es ampliamente utilizado por gobiernos, organizaciones internacionales y el sector privado para muchos otros fines, como impuestos internos, políticas comerciales, seguimiento de bienes controlados, reglas de origen, tarifas de fletes, estadísticas de transporte, seguimiento de precios, controles de cuotas, compilación de normas nacionales, cuentas, e investigación y análisis económicos. El SA es, por lo tanto, un lenguaje económico universal y un código para bienes, y una herramienta indispensable para el comercio internacional.
¿Cómo se rige el SA?
El Sistema Armonizado se rige por el "Convenio Internacional sobre el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías". La interpretación oficial del SA se da en las Notas Explicativas (5 volúmenes en inglés y francés) publicadas por la OMA. Las Notas explicativas también están disponibles mediante suscripción en línea, como parte de la Base de datos del SA (WCO Trade Tools) que agrupa todas las Herramientas del SA disponibles, incluida la información sobre la Nomenclatura del SA, el Compendio de dictámenes de clasificación, las Notas explicativas, el Índice alfabético y el Folleto sobre las Decisiones de Clasificación adoptadas por el Comité del Sistema Armonizado.
El mantenimiento del HS es una prioridad de la OMA. Esta actividad incluye medidas para asegurar una interpretación uniforme del SA y su actualización periódica a la luz de los avances tecnológicos y los cambios en los patrones comerciales. La OMA gestiona este proceso a través del Comité del Sistema Armonizado (que representa a las Partes Contratantes del Convenio del SA), que examina asuntos de política, toma decisiones sobre cuestiones de clasificación, resuelve disputas y prepara enmiendas a las Notas Explicativas. El Comité del SA también prepara enmiendas que actualizan el SA cada 5 o 6 años.
¿Cuándo se publicó la Séptima Enmienda?
En México la séptima enmienda se publicó el 07 de junio de 2022 a través del Diario Oficial de la Federación, mediante el DECRETO por el que se expide la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, el cual se implementará la Séptima Enmienda del Sistema Armonizado de la Organización Mundial de Aduanas y preverá la creación, modificación y eliminación de fracciones arancelarias, adecuándolas a los criterios de bajo o alto flujo comercial, avances tecnológicos y resolución de problemas ambientales.
Esta séptima enmienda, tiene cambios relevantes, que representan 351 grupos de cambios a la tarifa, se crean 369 nuevas subpartidas, 531 nuevas fracciones arancelarias, se modificaron 126 subpartidas y 803 fracciones arancelarias, de igual manera, se eliminaron 146 subpartidas y 259 fracciones arancelarias.
Una parte relevante de estos cambios se vio reflejada en la adaptación a los nuevos flujos de productos y a los rápidos avances tecnológicos, por ejemplo:
- Desechos electrónicos y eléctricos
- Drones multipropósito
- Impresoras 3D
También contemplo la clasificación arancelaria específica para la resolución de problemas ambientales y sociales, por ejemplo:
- Nuevos productos del tabaco y nicotina
- Kits de diagnóstico rápido (virus Zika)
- Mercancías de uso dual
- Químicos con potencial de calentamiento global
Sin duda alguna, esta actualización a la séptima enmienda es moderna, acorde a los mercados, y a las prácticas comerciales de estos últimos años.
Podemos decir que México, se encuentra a la vanguardia, y actualizado de acuerdo con los ordenamientos de la Organización Mundial de Aduanas.
Con más de siete años de experiencia, soy un Líder Comercial y Project Leader apasionado por guiar a individuos hacia la creación de exitosas experiencias de importación.
Con más de siete años de experiencia, soy un Líder Comercial y Project Leader apasionado por guiar ...