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Aviso de Cruce: ¿Cómo funciona? | Aduaeasy

Escrito por Diego Sahagun | 08-nov-2022 19:08:30

Desde el momento en que ingresan las mercancías al país es clave el factor tiempo, la simplificación de los trámites en las aduanas y el seguimiento de las mismas de parte de las autoridades para poder identificar cualquier irregularidad.

La Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) implementó el Aviso de Cruce (AVC), un sistema electrónico que tiene como objetivo realizar un mayor control de las mercancías durante el despacho en las aduanas. El AVC tendrá la opción de transmitir la información a través del portal de la Agencia o del servicio web que se habilite.

 

De acuerdo con la ANAM, el nuevo Aviso de Cruce “facilitará el ingreso al recinto fiscal de las mercancías y sus medios de transporte, así mismo se llevará acabo la activación del Mecanismo de Selección Automatizada (MSA) en las aduanas del país”.

¿Cuáles son los beneficios del Aviso de Cruce?

La ANAM enlista 5 beneficios:

  • Autonomía, vanguardia e innovación para la Agencia.
  • Un solo sistema para todas las operaciones del despacho aduanero.
  • Simplificación de información para generar un número de folio AVC.
  • Activación de MSA mediante el uso de un TAG con lector RFID.
  • Incorporación de operaciones para generar AVC: copias simples, tránsitos, Cuaderno ATA, AGA 15, etc.

Respecto al uso del TAG, la ANAM establece que las empresas de autotransporte terrestre y los propietarios de vehículos de carga que utilicen el Aviso de Cruce para ingresar al recinto fiscal o para llevar a cabo la activación del MSA, mediante el dispositivo tecnológico a que se refiere el artículo 43 de la Ley Aduanera, deberán instalar el TAG en cada vehículo de transporte en los lugares recomendados en el numeral XI de los presentes lineamientos.

Además, deberán actualizar la información en el Registro de Empresas Transportistas, en donde registrarán el número del TAG (ANAM2022LXXXXT0000000001) en el campo denominado transponder. El transportista será responsable de que los datos registrados y enviados para la actualización de la información de su vehículo, sean correctos.

¿Actualmente ya está en operación el Aviso de Cruce?

En julio, la ANAM dio a conocer que sería a partir del 1 de agosto del 2022 cuando iniciarían las operaciones para el despacho aduanero de las mercancías mediante el uso del Sistema Electrónico Aduanero-Aviso de Cruce (SEA-AVC) en todas las aduanas del país.

A fin de no afectar las operaciones de comercio exterior y dar oportunidad a todos los transportistas que no hayan obtenido aún su tag, se comunicó que de manera temporal podrían ingresar y/o salir de la aduana con Aviso de Cruce, mediante las siguientes opciones:

  • Presentar el documento del Aviso de cruce impreso con el código QR (Quick Response code) que el agente o apoderado aduanal, mandatario o representante haya generado, usando la modalidad “virtual” con la cual no se necesita declarar dispositivo electrónico.
  • Presentarse con el gafete único del transportista usando la modalidad “Peatonal/Merc. propio impulso”, en operaciones que utilicen carriles automatizados.

El Aviso de Cruce en las Aduanas del País

En julio también se dio a conocer que la implementación del Aviso de Cruce iniciaría de manera escalonada en algunas aduanas del país. No obstante, en este mes surgió una controversia entre la ANAM y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) debido a que —según argumento de la ANAM— el SAT no contaba con las condiciones técnicas en sus sistemas para recibir la información del Aviso de Cruce.

Debido a esto, el 4 de agosto, la ANAM solicitó a la Administración General de Comunicaciones y Tecnologías de la Información, dependiente del SAT, la desactivación de las siguientes validaciones en el pedimento, por tratarse de información correspondiente al despacho aduanero:

- En el cierre de consolidados, la información de las remesas presentadas ante Módulo de Selección Automatizado.

- La exigencia de declarar en el registro de descargos (512) pedimentos “desaduanados”.

- El bloqueo de patentes por pedimentos pagados “no modulados”.

- No permitir a los Almacenes Generales de Depósito transmitir el informe de Arribo o No arribo de mercancía.

La ANAM había otorgado una pausa al 19 de septiembre de 2022 para darle tiempo suficiente a que el SAT realizara las modificaciones a sus sistemas y comunicó el procedimiento a seguir derivado de la contingencia que se generó en el sistema electrónico aduanero, para aquellos usuarios del comercio exterior que cuentan con “Patentes que se encuentran bloqueadas por pedimentos pagados -no modulados-”.

 

Finalmente, “en virtud de que el SAT aún no se encuentra en condiciones de recibir la información de los AVC”, la ANAM decidió otorgar, el 9 de septiembre, otra prórroga a la pausa otorgada anteriormente, en el entendido de que las siguientes operaciones seguirán operando con el AVC:

Cabe señalar, que la prórroga en comento tiene vigencia hasta nuevo aviso. Hasta esta primera quincena de noviembre, ni la ANAM ni el SAT se habían pronunciado sobre este tema de Aviso de Cruce.